Anyela Hermosa: Corte Nacional ratifica condena de tres años por usar una factura alterada
La exdirectora regional del Trabajo de Loja justificó viáticos con un documento adulterado. El anuncio fue oral y unánime, este 14 de octubre de 2026

El tribunal de casación de la Corte Nacional de Justicia ratificó la condena de tres años de prisión contra Anyela Stefanía Hermosa Jiménez, exdirectora regional del Trabajo de Loja, por uso de documento privado falso (art. 328 del COIP). Según la información recogida por ECOTEL PRESS durante la audiencia, la decisión fue anunciada oralmente y por unanimidad este miércoles 14 de octubre de 2026.
Presentó una factura de USD 47 para justificar viáticos de una comisión a Machala, cuando el consumo real fue de USD 17. Además de la prisión, la sentencia impuso una multa de diez salarios básicos unificados, disculpas públicas y suspensión de derechos políticos durante la condena.

La ratificación no implica cárcel inmediata: la primera sentencia concedió la suspensión condicional de la pena. Lo resuelto sobre su ejecución constará en la sentencia escrita de casación.
Cómo se llegó a la decisión
La causa pasó por tres instancias dentro del proceso 11282-2023-03316: sentencia del Tribunal de Garantías Penales de Loja (3 de abril de 2025), confirmación de la Corte Provincial (30 de julio de 2025) y ahora casación. El tribunal estuvo integrado por Felipe Córdova Ochoa, Olavo Hernández Hidrobo y Marco Boris Aguirre Torres, este último como ponente, de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado.
La factura alterada
El 5 de septiembre de 2022 se presentó una factura de la picantería Rivera del Pacífico por USD 47. El consumo original era de USD 17, una diferencia de USD 30. Una pericia documentológica halló que un "1" fue modificado a "4" y detectó distintas tonalidades de tinta en esa zona
Los jueces concluyeron que la factura se usó como respaldo de gastos institucionales. La orden de pago y el detalle de documentos presentados llevaban el nombre y la firma de Hermosa y el consumo de USD 47. Según el expediente, recibió USD 130 en viáticos

Lo que alegó la defensa
Sostuvo que Hermosa desconocía la adulteración, que no tuvo voluntad de usar un documento falso, que los trámites los hizo con ayuda de una secretaria y que no hubo perjuicio económico para el Estado.
Los tribunales de Loja lo rechazaron: no hubo testimonio que respaldara la intervención de la secretaria y concluyeron que la procesada conocía la diferencia entre ambos valores
La Corte Provincial agregó que la conducta afectó la fe pública, es decir, la confianza en la autenticidad de los documentos usados en trámites, por lo que el monto no elimina la responsabilidad penal
Detalle de la condena
Corresponde a los incisos segundo y tercero del artículo 328 del COIP. La factura se consideró documento privado, aunque se usó ante una institución estatal. La sentencia de primera instancia también dispuso comunicar al Consejo Nacional Electoral la suspensión de sus derechos políticos, una vez ejecutoriada
Pedido de peculado
Según información proporcionada a ECOTEL PRESS, la exministra del Trabajo, Ivonne Núñez, habría solicitado calificar los hechos como peculado (art. 278 del COIP, pena de 10 a 13 años). Las sentencias revisadas por este medio no recogen ese pedido; la condena es únicamente por uso de documento privado falso
Presencia en redes
Desde que se dictaron las dos sentencias iniciales, la condenada aparece cotidianamente en redes sociales, especialmente en TikTok como anyelahermosaj, dando a conocer que se encuentra libre y que sus desafiantes desplazamientos se dan por todo el país. Incluso, en una última presentación, censura la actuación de los jueces que la sentenciaron







